Archivo mensual: febrero 2015

Ley para Prevenir, Atender, Investigar, Sancionar y Erradicar la Desaparición Forzada de Personas para el Estado de Morelos

Ley para Prevenir, Atender, Investigar, Sancionar y Erradicar la Desaparición Forzada de Personas para el Estado de Morelos

La “Declaración sobre la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas” fue aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1992, precisa que esta se da cuando se arresta, detiene o traslada contra su voluntad a las personas, o que éstas resulten privadas de su libertad de alguna otra forma por agentes gubernamentales de cualquier sector o nivel, por grupos organizados o por particulares que actúan en nombre del gobierno o con su apoyo directo o indirecto, su autorización o su asentimiento, y que luego se niegan a revelar la suerte o paradero de esas personas o a reconocer que están privadas de la libertad, sustrayéndolas así de la protección de la ley.
Esta Declaración ha sido la herramienta siempre invocada en casos de Desaparición Forzada para exigir frente al Estado Mexicano el cumplimiento estricto de sus obligaciones internacionales, bajo el entendido que todo acto de Desaparición Forzada constituye un atentado a la dignidad humana y su comisión afecta los valores más profundos de toda sociedad respetuosa de la primacía del Derecho, de las libertades fundamentales y de los Derechos Humanos. Las recomendaciones formuladas al Estado Mexicano por los Organismos Internacionales de Derechos Humanos, así como la propia sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de Rosendo Radilla Pacheco incluye: emitir una Ley General e Integral en la materia; el reconocimiento nacional de la figura de Declaración de Ausencia por Desaparición; el combate efectivo a la impunidad; el fortalecimiento de Servicios Forenses Independientes; la instauración de un Mecanismo Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas; la instauración de Bancos Genéticos; la protección de las personas victimizadas; la regulación apropiada del uso de la fuerza; el registro de personas detenidas y el reconocimiento de la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar casos.
La Desaparición Forzada en México es una práctica sistemática de Estado que se ha implementado en todo el país desde los años sesenta y setenta, tal como señaló el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias en su informe de visita al país en 2011. Su profundización y sofisticación se debe, entre otras cosas, a la impunidad que prevalece en todos los casos y al contexto de violencia que vive hoy el país que ha permitido encubrir esta práctica, con lo cual el Estado Mexicano se deslinda de su responsabilidad de investigar y sancionar a las y los responsables. Las desapariciones de estudiantes de la Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa, ocurridas en Iguala, Guerrero, el 26 y 27 de septiembre del 2014, es un acontecimiento que se configura como un crimen de lesa humanidad, que muestra la gravedad de la práctica de la detención-desaparición en nuestro país. Pues históricamente, han sido los altos mandos militares los que han ordenado las Desapariciones Forzadas, como documentó la Comisión de la Verdad de Guerrero. Lamentablemente, todos esos crímenes están en la impunidad. Desde Atoyac hasta Ayotzinapa, un largo camino de represión: ¡fue el Estado!
La falta de legislación en esta materia ha permitido que las Desapariciones Forzadas se hayan extendido y ampliado en todo el país, haciendo uso indebido de instalaciones al servicio del Estado para mantener a personas desaparecidas por motivos políticos y sociales.
El caso de la Desaparición Forzada de José Ramón García Gómez en 1988 (sigue hoy en día sin resolverse), que dio origen al surgimiento de la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos, a evidenciado la inexistencia de un marco normativo interno que garantice la Prevención, Atención, Investigación, Sanción y Erradicación de la práctica de la Desaparición Forzada de Personas; que ha sido tipificada en el Código Penal como un delito sin definir los alcances del mismo, por ello afirmamos la imperiosa necesidad de la promulgación de una Ley Estatal para Prevenir, Atender, Investigar, Sancionar y Erradicar la Desaparición Forzada de Personas para el Estado de Morelos, que incluya la implementación del marco normativo existente a la luz de las obligaciones internacionales. Consideramos que esta Iniciativa de Ley, tiene tal sustento jurídico-legal y legitimidad social y política, que Morelos puede sentar un precedente importante en el país, ya que sería el tercer Estado en tener una Ley de Desaparición Forzada, ya que el Estado de Coahuila y el Distrito Federal son los únicos que cuentan con una legislación en la materia. En este momento de trascendental importancia por la gravedad de las violaciones a los Derechos Humanos, sería una herramienta eficaz en la lucha por la Vida, la Justicia y la Verdad.
El Congreso del Estado de Morelos deberá analizar en este mismo periodo ordinario de sesiones esta propuesta de Ley, que será presentada por el diputado Héctor Salazar Porcayo, con base en el trabajo de la Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos. Entre los elementos destacados que contiene la propuesta se encuentra el Rescate de la Memoria de la Desaparición Forzada en Morelos, además de conceptos como el de Justicia, Restitución Integral, Garantías Efectivas de la No Repetición, Respeto a la Dignidad, la No Discriminación y la definición de cada una de las consideraciones. Además de que está enriquecida con parámetros de Instrumentos Internacionales, Disposiciones Complementarias, Modelos de Prevención, Atención, Investigación, Sanción y Erradicación, así como la Declaración por Ausencia de Personas Desaparecidas y Mecanismos Garantes. Además de un capítulo sobre responsabilidades y sanciones, entre otros.
Por qué no estamos todas, no estamos todos, por qué nos faltan más de 43.

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Presentación en Chilpancingo, Guerrero del Informe «Defensoras somos Todas»

El 16 de febrero se presentó en el CIPES (Centro de Investigación Política Económica y Social) de la Universidad Autónoma del estado de Guerrero (UAG), en Chilpancingo, Guerrero, el Informe de la Investigación «Defensoras somos Todas», con la participación de Alejandra Cárdenas, María Luisa Garfías, Isabel Rosales, Paloma Estrada Muñoz y Juliana G. Quintanilla, ante activistas, académicas y defensoras.
Este es un Diagnóstico que forma parte de la primera etapa de un Modelo de Atención a la Violencia Contra las Mujeres Defensoras de Derechos Humanos en la República Mexicana en el ámbito de su activismo social. La investigación permite acercarse a la violencia de las Defensoras de Derechos Humanos, caracterizarla, donde se describe las organizaciones donde trabajan, los puestos que ocupaban y el tipo de trabajo que realizan, su edad, los temas que documentan, trabajaban o difundían cuando fueron violentadas. Es evidente que ninguno de estos hechos es aislado.
En este informe se presentan algunos hallazgos de la investigación diagnóstica. En cuanto a las amenazas recibidas anteriores y/o posteriores al hecho violento, el tipo de violencia y su ámbito, si el hecho violento involucró a más de una activista y finalmente, tener información sobre la o las personas agresoras. Así como la entidad federativa en donde sucedieron los hechos.
En él se reúnen tres procesos: la investigación empírica; el análisis de fuentes oficiales (nacionales e internacionales), y la revisión de documentos internacionales dirigidos a prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres. Asimismo, articula varias aproximaciones analíticas de género sobre la condición de las mujeres en México y las causas de la violencia de género contra las mujeres. El hilo conductor de estos procesos y aproximaciones es la afirmación política, sustentada en este informe, de que en México hay violencia contra las Defensoras de Derechos Humanos debido a que existe todo un sistema estructural que produce y reproduce formas violentas de opresión, explotación, exclusión y discriminación, debido a que hay una discordancia entre legalidad y poder fáctico que favorece al machismo patriarcal.

Para mostrar esta situación, el informe se organizó en cinco partes. En la primera parte, Los Derechos Humanos de las Mujeres y Defensoras, se destaca el Marco Legal Nacional e Internacional que es Responsabilidad del Estado acatar y cumplimentar. La segunda tiene que ver con la Descripción de las Características de las Defensoras: Edad, organizaciones donde trabajan, puestos que ocupan y su tipo de trabajo, temas que documentan, trabajan y/o difunden. En la tercera etapa se visibiliza la Violencia contra las Defensoras de los Derechos Humanos: los Tipos de Violencia, Modalidades, Agresores y la descripción del Contexto. En la cuarta se exponen las Consideraciones finales y las Recomendaciones. Y finalmente, se presentan en el apartado quinto Historias de Vida de diversas Defensoras de Derechos Humanos de México. Cabe destacar que se contempla un Anexo que contiene la Encuesta aplicada.

Palabras de Doña Rosario Ibarra: ¿Quién es defensora de derechos humanos? ¡Cualquier persona que sienta en lo más profundo de su ser las injusticias que se cometen por los dueños del poder.
A las «Doñas», como cariñosamente nos bautizaron hombres y mujeres solidarios con la lucha por justicia para nuestros hijos desaparecidos, en la intimidad del Comité ¡Eureka todas erguidas y llenas de esperanza, luchando por sus hijos y por los hijos de las que murieron y les dejaron la tarea ineludible de buscarlos como si fueran suyos. Y mi mente se va hasta Guerrero donde vive mi querida amiga Celia, que conmigo fue fundadora del Comité de familiares y la imagino junto a doña Telma Jardón, Margarita Cabañas, Angelina, Salustia Alcocer y tantas que desagraciadamente acabaron sus días sin volver a ver a los suyos pero que dejaron un gran ejemplo en muchas generaciones, sobre la lucha contra la desaparición forzada. El más terrible de los crímenes de lesa humanidad: que se inició en 1969 en Coyuca de Catalán, Guerrero, con el secuestro y la desaparición del profesor Epifanio Avilés Rojas por órdenes del general del Ejército mexicano, Miguel Bracamontes y el mayor Antonio López Rivera;

Palabras de Rupert Knox de Amnistía Internacional: Ya es hora de acabar con los ataques contra todas las personas defensores de derechos humanos y la impunidad. Asimismo, es tiempo de garantizar que los mecanismos de protección e investigación oficial integren las medidas que reflejan la realidad de las mujeres defensoras derechos humanos. El gobierno de México no puede posponer más esta urgente necesidad. Hay un contexto de agresiones y ataques contra las personas defensores de derechos humanos en México, documentado por varias organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos. Es imprescindible enfocar atención pública sobre la ineficacia de los mecanismos de protección e investigación para prevenir y sancionar tales ataques. Sin embargo, también es necesario destacar las particularidades de la experiencia de las defensoras de derechos humanos.

Palabras del Centro Frayba, de Chiapas: Donde hay una protesta, el Estado verá un delito consumado o en vías de consumación, y caracterizará a las personas como delincuentes. y a su organización como una asociación ilícita o enemiga, desestabilizadora de la paz social y del estado de derecho. Es criminalizar, despolitizar, des-historiar, sacar de contexto a los conflictos sociales y políticos; llevarlos al campo jurídico apostando al desgaste de los actores sociales. Es en este contexto, en donde el trabajo de las y los defensores de derechos humanos se vuelve incomodo, molesto y el poder utiliza sus herramientas para agredir, asesinar, detener, deslegitimar el trabajo y criminalizar el trabajo de estos hombres y mujeres que desde diferentes espacios trabajan por la defensa de los derechos humanos. Las acciones locales de defensa de derechos humanos no se pueden entender sin el aporte de las y los promotores comunitarios de derechos humanos. Ellas y ellos juegan un papel primordial en sus comunidades para generar espacios de transformación positiva, de crear espacios más justos entre hombres y mujeres y la madre tierra. Su trabajo es muchas veces callado, discreto como defensoras y defensores de derechos humanos.
Por ello, como defensoras de derechos humanos, creemos que la paz será posible cuando todas podamos exigir el disfrute de nuestros derechos y libertades sin temor a la violencia, cuando la labor de mujeres y hombres en defensa de la dignidad humana sea reconocida como un aporte sustancial y necesario para la maduración de nuestras democracias, la concreción de nuestros anhelos de libertad que hagan universal, lo que ya es posible, un mundo justo y digno.

Los estados de Oaxaca, Chihuahua y Guerrero continúan dentro de las cinco entidades federativas con el mayor número de reportes de agresiones en contra de defensoras y defensores en los dos informes temáticos publicados por la Oficina del ACNUDH en México.

María Elvira Hernández Galeana (Guerrero). Periodista con sólo 36 años de edad, fue asesinada el 28 de junio del año 2010, en la comunidad de las Lomas, municipio de Coyuca de Benítez, a 35 kilómetros del turístico puerto de Acapulco Guerrero.
Isabel Ayala Nava y Reyna Ayala Nava (Guerrero). El 3 de julio de 2011, fueron ultimadas a balazos cuando salían de la iglesia del poblado de Xaltianguis, Guerrero, a unos cuantos minutos del centro de Acapulco. Ellas eran integrantes de la “Asamblea Popular de los Pueblos de Guerrero”, reconocida por su compromiso en la lucha social.
María Edy Fabiola Osorio Bernáldez y Layby Esther García Ruiz (Guerrero). Asesinadas el 31 de mayo de 2012, en Guerrero. Ellas eran integrantes de la asociación ambientalista “Guerreros Verdes”.
Juventina Villa Mojica (Guerrero). Ella junto a su hijo Reynaldo Santana, de 17 años de edad, fueron asesinados el 28 de noviembre de 2012, en la comunidad La Laguna del municipio de Coyuca de Catalán, Guerrero. La dirigente de la “Organización de Campesinos Ecologistas de la Sierra de Petatlán y Coyuca de Catalán” (Ocespcc) y su hijo fueron emboscados en la sierra de Guerrero por un grupo de entre 30 y 40 hombres armados. Ella tenía medidas de protección por parte del Gobierno del Estado, sin embargo, “los elementos de policía estatal que la escoltaban ´no pudieron repeler la agresión´, por lo que se escondieron, aseguró un funcionario público estatal”.
Rocío Mesino Mesino. La dirigente de la Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS), fue asesinada a balazos el sábado 19 de octubre del 2013 en las inmediaciones de la comunidad de Mexcaltepec, municipio de Atoyac de Álvarez, en la región de la Costa Grande del Estado de Guerrero. Ella recibió al menos cuatro impactos de bala, al parecer de un rifle AK-47, el agresor huyó en una cuatrimoto, conducida por otro sujeto; efectivos del Ejército Mexicano y la policía municipal se dedicaron a la búsqueda de los agresores, pero no tuvieron éxito[1]. Rocío Mesino fue regidora en el municipio de Atoyac (2009- 2012). Su padre Hilario es fundador de la Organización Campesina de la Sierra del Sur (OCSS) en 1994 junto con Benigno Guzmán. Cuando apareció el EPR en 1996 en el vado de Aguas Blancas (donde un año antes fueron asesinados 17 campesinos), el Estado mexicano de inmediato relacionó a la organización campesina con la guerrillera y dio paso a la persecución de sus integrantes.
Ana Lilia Gatica Rómulo (Guerrero). Asesinada el 10 de Noviembre del 2013. Ella era integrante de la “Organización Popular de Productores de la Costa Grande” (OPPCG), en Coyuca de Benítez, región de Costa Grande de Guerrero. Ese día, entre las 8 y las 8:30 de la mañana, Ana Lilia Gatica Rómulo y Luis Olivares Enríquez, fueron asaltados en su vivienda situada en la colonia Fuerte Emiliano Zapata de Coyuca de Benítez y asesinados por un hombre no identificado. Ana Lilia Gatica Rómulo recibió un disparo en la cabeza provocando una gran herida y tras una hora y media en la que estuvo agonizando murió sin que acudieran los cuerpos de auxilio y de seguridad quienes habían sido avisados por los colonos. Unos días antes de su muerte, Luis Olivares Enríquez solicitó medidas cautelares a la Comisión de Defensa de Derechos Humanos del estado de Guerrero (CODDEHUM), debido a que había recibido amenazas de muerte. Una semana antes, Luis Olivares Enríquez denunció ante el CODDEHUM, violaciones de derechos humanos cometidas, el 29 de octubre de 2013, por un operativo mixto de la Policía Ministerial y del Ejército Mexicano cuando detuvo a un grupo de jóvenes.

De los 34 feminicidios de Defensoras de Derechos Humanos acá señalados, el Estado con mayor cantidad de casos es Guerrero con 8, seguido por Chihuahua con 7 y el Distrito federal con 5.

La investigación señala que los agresores son, en su mayoría, agentes del Estado con 15.1%. Mientras que el 23.3% dijo haber sufrido otro tipo de violencia o varios.
En México las Defensoras viven y han vivido la violencia de diferente manera, de acuerdo a su contexto individual o familiar, y el contexto propio de su Pueblo, Ciudad y Estado.

Entre el periodo de 1978 a 2014, estas organizaciones consideran que los años con mayor violencia fueron el 2011 y el 2013 con un 7%.
El mayor porcentaje corresponde a la Violencia Psicológica con 40.7%, Hostigamiento 34.9%, Difamación 33.7%, Persecución 23.3% y la Intimidación Gubernamental 22.1%.

Una de las Modalidades de Violencia que han sufrido otras personas que integran la organización es la Institucional y representa el 17.4%.

De la muestra, quienes responden que han sufrido violencia o conocen de algún caso de violencia relacionado con la organización el 13.5% considera que entre el 2009 y 2011 fue un periodo con mayor violencia a partir del año 2000, también el 4.7% menciona que 2013 ha sido un año con violencia.

También la muestra percibe que los años con mayor incidencia de violencia hacia otras personas ajenas a la organización son de 2009 a 2011 y 2013. El 56% dijo que estos casos de violencia se han documentado y el 16.3% que no.

En el periodo de 2000 a 2012, este último fue el que la muestra refiere como el año de mayor violencia hacia personas que no están relacionadas con la organización, es decir a la población en general.

Por lo que respecta a la Violencia en la Organización el 17.4% señaló que SI existe y el 53% que no. Del porcentaje que respondió afirmativamente el 9.4% señala que en un rango de entre 1 a 4 mujeres han sido violentadas y el 9.3% considera que entre 1 y 2 hombres. En el tipo de violencia que se presenta en las organizaciones es la Psicológica (11.6%), el Hostigamiento (5.8%), la Difamación y Amenazas (7%) y el Robo en General 3.5%. Por los datos, se podría decir que la Violencia Psicológica en un malestar en la sociedad ya que se replica también en estas organizaciones, por lo que se debe de trabajar más en erradicar este patrón. El año con mayor violencia interna también fue el 2012.
La violencia contra las Defensoras tiene su origen y fundamento en un sistema de dominación jerárquico patriarcal y misógino que se debe modificar estructuralmente, por lo que es necesario fortalecer una perspectiva feminista de reivindicación de derechos de las mujeres Defensoras, fortaleciendo los lazos de solidaridad y sororidad ante cualquier tipo de agresión que ponga en riesgo la vida, la libertad y la actividad de las defensoras en el ámbito público y privado. La construcción de nuevas relaciones sociales, en donde las mujeres tengan los mismos derechos que todos los seres humanos, tiene un fundamento histórico en la lucha feminista contra todo tipo de opresión, explotación y violencias.
En este sentido, la defensa de las mujeres Defensoras debe ser asumida como parte de la lucha por la transformación del sistema basado en la dominación y opresión de las mujeres, a uno en donde se respeten plenamente los Derechos Humanos de las Mujeres.
Hace casi dos años fue publicada la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (26 de junio de 2012) y 5 meses después el Mecanismo de protección empezó a funcionar (12 de noviembre de 2012). Desafortunadamente muy pronto afloraron las deficiencias en su trabajo al grado que para mediados de 2013 ya era evidente que se acumulaban los casos presentados al Mecanismo y no eran sometidos a evaluación de riesgo; las medidas que debían salvaguardar la integridad de las defensoras, defensores y periodistas en riesgo, no se hacían efectivas por falta de recursos y los gobiernos locales no realizaban esfuerzos para proteger a estos grupos.
Además, persisten deficiencias en la coordinación interinstitucional así como entre el gobierno federal y los gobiernos locales. No ha habido una adecuada capacitación y sensibilización de los funcionarios que operan el Mecanismo.
Las recomendaciones al Estado Mexicano para garantizar el reconocimiento y el derecho de las y los Defensores de Derechos Humanos que enfrentan situaciones de agresiones y violencia, han tenido un alcance internacional, dada la preocupación generada por las condiciones de grave deterioro de la situación política y social en México. Sin embargo, aun cuando muchas de estas recomendaciones son muy importantes, son muy pocas las que se refieren específicamente a las mujeres Defensoras, por lo que consideramos necesario destacar algunas de ellas.
Al Estado mexicano se le ha exigido en las instancias internacionales establecer una protección eficaz de las Defensoras que incluya la investigación rápida y eficaz y el levantamiento de cargos por todas las amenazas y ataques dirigidos contra ellas. Garantizarles un entorno seguro, libre e independiente y garantizar que todos los casos de amenazas, violencia, ataques y asesinatos contra ellas sea investigado por organismos independientes e imparciales.
Sin embargo, como hemos visto en el análisis, las Defensoras siguen sufriendo diversos Tipos de Violencia e incluso feminicidios. Es preocupante que la impunidad existente perpetúa una situación en la que estas ejecuciones pueden repetirse, pero lo más alarmante es que el principal agresor es el Estado mexicano.
Por otro lado, vemos que los mecanismos de protección a mujeres reconocidos en la LGAMVLV no funcionan adecuadamente. La Declaratoria de Alerta de Violencia de Género a la fecha se solicitó en Guanajuato, Morelos, Chiapas, Estado de México, Monterrey e Hidalgo, negando la emisión debido a que la estructura legal de este mecanismo y acreditación de las pruebas hace imposible su emisión, aun cuando existen recursos para la misma. Las Órdenes de Protección son deficientes e inaplicables primordialmente al exigirle a la mujer victimizada por violencia doméstica denuncie penalmente al agresor para obtener protección por tan sólo 72 horas, poniéndola en un mayor estado de riesgo o vulnerabilidad.
Por todo lo anterior, consideramos que el Estado tiene la obligación de proteger a las Defensoras de Derechos Humanos, pero para ello se requiere de voluntad política y de efectividad operativa.

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Iniciativa de ley desaparición forzada en Morelos

Presentación de la propuesta de Iniciativa de LEY PARA PREVENIR, ATENDER, INVESTIGAR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS PARA EL ESTADO DE MORELOS para que sea valorada y elevada ante el pleno de la LII Legislatura del Estado de Morelos.

Este proyecto se elaboró con la participación de familiares de personas desaparecidas, tomando como referencia los aportes históricos de quienes han luchado contra la terrible práctica de la desaparición forzada, así como los aportes realizados por organizaciones defensoras de derechos humanos que hemos acompañado a familiares de quienes han sido victimizadas con este crimen de lesa humanidad. En Morelos el caso de la desaparición forzada de José Ramón García Gómez sigue inconcluso y dio origen al surgimiento de la Comisión Independiente de Derechos Humanos.

No obviamos el hecho de que la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Normal Rural “Raúl Isidro Burgos” de Ayotzinapa y los miles en todo el país, ha originado una amplia movilización de protesta social en nuestro país y en diversas partes del mundo, así como importantes pronunciamientos y resoluciones de instancias y organismos internacionales donde el Estado Mexicano ha sido conminado a erradicar esta práctica y a legislar en la materia en todos los niveles de gobierno en el país.

Consideramos que esta Iniciativa tiene tal sustento jurídico-legal y legitimidad social y política, que Morelos puede sentar un precedente importante en el país, ya que sería el segundo Estado en tener una Ley de Desaparición Forzada, ya que el Estado de Coahuila es el único que cuenta con una legislación en la materia, en este momento de trascendental importancia por la gravedad de las violaciones a los derechos humanos, de tal manera que sea una herramienta eficaz en la lucha por la vida, la justicia y la verdad y se evite que continúen desapareciendo a miles de personas en nuestro país.

Comisión Independiente de Derechos Humanos de Morelos.

Familiares de Víctimas y Ofendidas del estado de Morelos.

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Los caminos de la memoria indómita.

Juliana G. Quintanilla y Marco Aurelio Palma Apodaca.

¿Cuántas veces han matado, desaparecido, borrado de la historia y de la memoria a personas que están más presentes que nunca en el corazón y la mente de un pueblo que resiste y lucha? Aquí seguimos, exigiendo que las y los desaparecidos de ayer y hoy tengan verdad y justicia para que no haya más padeciendo estos mismos horrores en el futuro que ya está aquí. Es urgente y necesario detener y erradicar la práctica de la detención-desaparición como una tecnología política del Estado, para preservar la vida y la libertad. Si durante los años 60 y 70 en México sólo se escuchaban las voces de protesta de familiares y activistas de izquierda exigiendo su presentación con vida, hoy es un verdadero clamor a nivel mundial. Desde la sierra y las calles de las ciudades, salimos a marchar porque nos convocan madres y padres de los 43 de Ayotzinapa, Eureka y miles en el país, y nos levanta la indignación convertida en rabia y esperanza organizada. También otras voces, desde otros ámbitos, dejan escuchar sus reclamos, como en las 8 jornadas globales, para que el mundo no olvide. Y desde Ginebra, escuchamos las condenas al gobierno de México: El Comité de Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas considera que el marco normativo en vigor así como su aplicación y el desempeño de algunas autoridades competentes no se conforman plenamente con las obligaciones de la Convención, en un contexto de desapariciones generalizadas en gran parte del territorio de México, muchas de las cuales podrían calificarse como desapariciones forzadas, como el grave caso de los 43 estudiantes sometidos a desaparición forzada en septiembre de 2014 en el Estado de Guerrero ilustra los serios desafíos que enfrenta el Estado parte en materia de prevención, investigación y sanción de las desapariciones forzadas y búsqueda de las personas desaparecidas. Recomienda que se adopte las medidas necesarias para asegurar que, tanto a nivel federal como estatal, la legislación y la práctica se ajusten plenamente a las obligaciones consagradas en el art. 41 de la Convención. Al respecto, lo alienta a aprobar a la mayor brevedad posible una ley general que regule de manera integral los aspectos de la desaparición forzada contenidos en la Convención, en particular aquellos relativos a la prevención, investigación, juzgamiento y sanción de las desapariciones forzadas así como a la búsqueda y situación legal de las personas desaparecidas. Asimismo, recomienda que se garantice la participación de las víctimas de desaparición forzada, las organizaciones de la sociedad civil. Nota con preocupación la falta de información estadística precisa sobre el número de personas sometidas a desaparición forzada, lo que impide conocer la verdadera magnitud de este flagelo y dificulta la adopción de políticas públicas que permitan combatirlo con efectividad. Se muestra preocupado por la impunidad respecto de los numerosos casos denunciados por desaparición forzada, que se expresa en la casi inexistencia de condenas por este delito. Señala una serie de obstáculos que no permitirían que las investigaciones de las desapariciones forzadas se realicen de manera eficaz, incluyendo: a) el hecho de que en varios casos las autoridades competentes no habrían iniciado las investigaciones con la debida celeridad inmediatamente luego de haber recibido información acerca de una posible desaparición forzada; y b) la calificación de los hechos con base a otros delitos en numerosos casos en los que habrían existido indicios para suponer que se podría haber cometido una desaparición forzada. Apunta que, a pesar del tiempo transcurrido, no ha habido avances significativos en la investigación y sanción de los responsables de las desapariciones forzadas que habrían sido perpetradas durante el período conocido como “guerra sucia” ni en relación con la búsqueda de las personas desaparecidas. Recomienda que México adopte las medidas necesarias para asegurar que la legislación establezca un procedimiento para obtener una declaración de ausencia por desaparición forzada con el fin de regular de manera apropiada la situación legal de las personas desaparecidas cuya suerte no haya sido esclarecida y la de sus allegados. Enfatiza la singular crueldad con la que las desapariciones forzadas afectan a los derechos humanos de las mujeres y los niños. Las mujeres que son sometidas a desaparición forzada son particularmente vulnerables a actos de violencia sexual y otras formas de violencia de género. Las mujeres que son miembros de la familia de una persona desaparecida son particularmente vulnerables a sufrir serios efectos sociales y económicos adversos, así como a padecer violencia, persecución y represalias como resultado de sus esfuerzos para localizar a sus seres queridos. Por su parte, los niños víctimas de desaparición forzada, ya sea porque ellos mismos son sometidos a desaparición o porque sufren las consecuencias de la desaparición de sus familiares, son particularmente vulnerables a múltiples violaciones de los derechos humanos, incluida la sustitución de su identidad. Por ello hace especial hincapié en la necesidad de que se integre perspectivas de género y enfoques adaptados a la sensibilidad de los niños y niñas en la implementación. La ONU recomendó al Estado mexicano proteger a defensores de derechos humanos y evitar que agentes estatales emitan declaraciones públicas que los descalifique y estigmatice, igual que a los allegados y familiares de las personas desaparecidas. También recomendó prevenir y sancionar los actos de intimidación y/o malos tratos de los que pudieran ser objeto los defensores de derechos humanos que trabajan para combatir las desapariciones forzadas y asistir a las víctimas.
Para abordar estos temas invitamos a la presentación del Libro «Ayotzinapa. La rabia y la esperanza», del autor Roberto González Villarreal. Editorial Terracota. Colección Debate. Martes 17 de febrero, 11 a.m. Auditorio de la Facultad de Derecho de la UAEM.

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